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Ley que implementa el derecho del nacido vivo al tamizaje neonatal en todo el sistema nacional de salud

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La Ley Nº 31975, aprobada por el Congreso de la República, modifica el título y los artículos 2, 3 y 4 de la Ley 29885, que declara de interés nacional la creación del Programa de Tamizaje Neonatal Universal. El nuevo título establece la «Ley del Tamizaje Neonatal Universal».

Objetivos Claros

Los objetivos del Programa de Tamizaje Neonatal Universal son claramente definidos. Incluyen la identificación temprana de condiciones como hipotiroidismo congénito, hiperplasia suprarrenal, fenilcetonuria, fibrosis quística, hipoacusia congénita, catarata congénita y cardiopatía congénita. El propósito esencial es derivar a los pacientes a los establecimientos de salud correspondientes para un tratamiento oportuno.

Derecho Universal al Tamizaje

Todo recién nacido dentro de los primeros 28 días de vida tiene derecho a un examen médico detallado, que incluye pruebas para descartar diversas condiciones. El examen debe realizarse oportunamente según la norma técnica de salud establecida para el tamizaje neonatal.

Implementación Progresiva y Financiamiento

La implementación del Programa de Tamizaje Neonatal Universal es progresiva y se financia de acuerdo con el modelo de cada entidad del sector salud. Se establece la posibilidad de incluir pruebas adicionales mediante decreto supremo refrendado por el ministro de Salud. El Ministerio de Salud lidera, regula, supervisa y evalúa las estrategias, mientras que los gobiernos regionales implementan y ejecutan las estrategias y la atención de la salud en cada departamento.

Financiamiento Garantizado

La ley establece que el Plan Esencial de Aseguramiento en Salud (PEAS) incluye en el plan de beneficios el Tamizaje Neonatal Universal para los fines prestacionales y financieros correspondientes. Garantiza así el financiamiento para este servicio esencial en el ámbito de la salud.

Es urgente que los sectores responsables garanticen el tamizaje neonatal a cada bebe, para eliminar las discapacidades evitables y brindar tratamiento oportuno a las enfermedades diagnosticadas por el Tamizaje.

Día Nacional de Concientización

Se declara el 28 de junio de cada año como el «Día Nacional de Concientización de la Importancia del Tamizaje Neonatal». Esta medida busca fomentar la conciencia y sensibilización sobre la relevancia del tamizaje neonatal para la prevención y atención de la salud de todos los niños.

Declaración de Interés Nacional

La ley declara de interés nacional la realización de pruebas neonatales predictivas de enfermedad genética. Esto tiene como fin identificar al sujeto portador o la predisposición genética con fines médicos o de investigación médica. La autoridad nacional de salud establecerá los lineamientos correspondientes.

Única Disposición Complementaria Final

El Poder Ejecutivo realizará las adecuaciones normativas necesarias dentro de los noventa días calendario contados a partir de la entrada en vigor de la presente ley. Se reafirma la vigencia de disposiciones anteriores que no se opongan a lo dispuesto en la nueva ley.

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